Fotos: Josele Bort

Carlos Pascual Vicens es socio codirector del despacho Romá Bohorques Tax & Legal y responsable de su Área Procesal-Concursal. Como abogado especialista, aspira a transformar la imagen y la realidad de la práctica concursal. Trabaja para que sea realmente una ayuda para contribuir a la viabilidad de las empresas en dificultades. Ese es el objetivo del derecho de la insolvencia, como él prefiere llamarlo. Reconoce que será un proceso largo, pero confía en que la nueva legislación servirá de palanca para hacerlo realidad y ponerlo en valor.

– Ha acabado la moratoria concursal. ¿Y ahora qué? ¿Avalancha y colapso en los juzgados?

– Todas las previsiones y estadísticas apuntan a ello. El fin de la moratoria no ha coincidido con la aprobación de la nueva ley concursal, que ya está aprobada por el Congreso y no entrará en vigor hasta septiembre. Era injustificable alargar más la moratoria. Esto ha provocado que algunas empresas no viables, “zombies”, continuaran a pesar de no realizar actividad económica alguna. La moratoria eliminaba la obligatoriedad de los administradores societarios de presentar concurso, pero no elimina otro tipo de responsabilidad en que pueden incurrir los administradores societarios en la fase de calificación, si llega el concurso. Con todo, la avalancha de concursos y el colapso de los juzgados sea lo esperado.

– ¿Es mejor esperar a la nueva ley?

– Hay quien dice que es más benévolo el trato que se le da al deudor y a los acreedores en la normativa a punto de derogarse que en la inminente reforma de la Ley Concursal, y recomienda presentar concurso antes de su entrada en vigor. Pero creo que lo mejor es analizar cada caso individualmente y hacer lo que más le convenga a la empresa en dificultades en ese momento, valiéndose de los instrumentos jurídicos de la nueva norma concede. Y la nueva Ley traerá luces y sombras, pero hemos de ser positivos y sacar partido a los puntos fuertes.

– Como experto en concursal, ¿qué análisis hace de la reforma, a falta del texto definitivo?

Creo que es un cambio sustancial en el derecho concursal español, pretende cambiar el paradigma del derecho de la insolvencia en España para acercarlo al del resto de países de nuestro entorno europeo. Históricamente, el legislador concursal ha ido un paso por detrás de la situación económica y social. Siempre los acontecimientos le han sobrepasado, dejando obsoleta la normativa que debía adaptarse a los cambios de la realidad social y económica española. Ahora la ley intenta adelantarse y ser proactiva con mecanismos de alerta temprana que, ante una situación de desequilibrio patrimonial o financiero, permitan actuar en fase preconcursal, tratando de proteger a las empresas que son viables, a unidades productivas, a los puestos de trabajo que pueden continuar, dejando para el concurso únicamente lo que no es viable y no hay más remedio que liquidar. Conseguirlo es muy positivo y supone de facto, un gran beneficio para la economía y el tejido empresarial y laboral español.

– ¿Ha fracasado la norma concursal actual?

– Bueno, se suele citar mucho que de cada 100 empresas que entran en concurso, el 95% van a liquidación, y las que consiguen aprobar un convenio con sus acreedores, finalmente no logran cumplirlo y se tienen que liquidar. Creo que son datos reveladores de que, hasta la fecha, la normativa concursal no ha conseguido ser un instrumento eficaz para que las empresas puedan reestructurarse, continuar y salir reforzadas. En España hay un estigma con el concurso de acreedores, que afecta a muchos sectores, a los empresarios, a las entidades financieras, al sector público y a la sociedad en general. Y eso es un lastre para afrontar con diligencia y anticipadamente una crisis de solvencia. Es hora de cambiar de paradigma.

– ¿Cómo se va a cambiar eso?

– Hay que abordar los problemas de insolvencia sin ningún tipo de prejuicio por todos los agentes económicos y sociales involucrados. La nueva norma concursal va a modificar el denominado “preconcurso”, se eliminan tanto el acuerdo extrajudicial de pagos (no ha funcionado), como las refinanciaciones. Todo eso se sustituye por un único procedimiento que se denomina reestructuración e incluso se crea una figura nueva que es el experto en reestructuraciones: una figura aún no muy definida con el status semejante al del administrador concursal, cuya función va a ser muy relevante como intermediario entre los acreedores y el deudor para ayudar a reestructurar y asegurar la viabilidad de empresas en una situación dificultades financieras en fase temprana.

– La reestructuración es un término muy amplio…

– Sí, la reestructuración puede afectar a varios aspectos de las empresas, a la parte financiera, a la estructura societaria, a la patrimonial, a la laboral, o todas o varias a la vez. Analizar la realidad patrimonial y financiera de la compañía es la labor que tiene que acometer el deudor y sus acreedores ayudados por la figura del experto en restructuraciones para adoptar la mejor opción en cada caso. Además, no olvidemos que la nueva Ley incluye otra institución preconcursal muy relevante, el Pre-Pack concursal, consistente detectar las áreas de negocio que son viables y no esperar al concurso para hacer la venta, porque ahí se pierde mucho valor, sino anticiparse con la ayuda de otra figura de nueva creación, el experto en la recepción de ofertas (Prepacker), llegando a concurso ya con ofertas de compra gestionadas y cerradas en un ambiente concurrencial optimizado y controlado. La nueva ley da carta de naturaleza a estas actuaciones, que ya se habían puesto en práctica en los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona y Mallorca, pero que ahora se harán con mayor seguridad jurídica.

– ¿Será muy diferente el procedimiento para empresas pequeñas?

– La nueva norma va a distinguir entre los concursos para grandes empresas y los de las microempresas. De hecho, la nueva Ley introduce lo que denomina procedimiento especial para microempresas, en el que dichas empresas podrán autogestionar su concurso, así como la liquidación, a través de un formulario online que deberán presentar a los juzgados a través de una plataforma especial. Eso me temo que no va a funcionar por las propias dificultades que tendrá esa tarea para esta tipología empresarial y la falta de medios técnicos y humanos, lo desbordará y colapsará, aún más si cabe, a los juzgados. Hablamos de una plataforma que aún no está disponible y creo que el asesoramiento de los abogados va a seguir siendo imprescindible en todos los casos.

– Es usted miembro del Club Español de Derecho de la Insolvencia (CEDI), que aboga por una nueva aplicación del sistema concursal. ¿Cuál es?

– Estoy muy orgulloso de forma parte de este grupo multidisciplinar con grandísimos profesionales de diversos ámbitos y especialidades jurídicas: abogados, economistas, auditores, miembros de la administración pública, etc. Abogamos por abandonar la concepción del derecho concursal como una vía de liquidación de compañías sin aportar más valor. Queremos poner el foco en la acción preconcursal y en aplicar todos los recursos de los que la nueva normativa de insolvencia dota a los agentes económicos y jurídicos para tratar de evitar, o paliar en lo posible, la situación de distress de las empresas en situaciones tempanas. Quienes nos dedicamos al derecho de la insolvencia queremos aportar valor y revertir la carga peyorativa que arrastra esta especialidad. Eso ha afectado de forma injusta a todo el colectivo. La labor de los administradores concursales, que están sometidos a una presión y responsabilidad muy elevadas, es indispensable como apoyo de la labor judicial en todo procedimiento concursal.

– El CEDI se presentó en Valencia. ¿Empieza a calar el mensaje aquí?

– Sí, fue un éxito sin duda. Ahora ya empieza a tener una visualización y repercusión muy relevante, fundamentalmente por la labor de todos sus miembros, muy proactivos en seminarios, congresos, artículos de opinión, presenta, redes sociales, etc. y porque la nueva legislación va en línea con lo que el Club Español de Derecho de la Insolvencia defiende respecto de cómo debiera ser y abordarse el derecho concursal. Estar alineado con el nuevo paradigma que va a venir, sin duda ayuda.

– ¿Puede el concurso dejar de verse como el final de las empresas para ser una oportunidad de salvarlas?

– Ojalá fuera así, pero no va a ser nada fácil conseguirlo, al menos a corto plazo, pero estamos en la línea positiva. La nueva legislación contribuirá en alcanzar dicho objetivo, aunque vuelve a nacer envuelta en polémica y poco consenso (se han presentado 609 enmiendas al Anteproyecto y Proyecto de Ley). Se necesita un texto que responda a las necesidades reales de las empresas y cuente con el mayor respaldo y de los agentes que trabajan diariamente en esta materia. Tampoco ayuda el endémico súper privilegio del derecho público, que lastra la aplicación con éxito del mecanismo de la segunda oportunidad y la exoneración de pasivo insatisfecho. Además, sin la inversión pública para dotar a los jueces y Tribunales de los medios humanos, técnicos y digitales necesarios que agilicen los trámites y procedimientos, el deseo de mejorar el derecho de la insolvencia puede quedar a medio camino. La Legislación concursal es uno de los pilares normativos básicos en los que se estructura económica, social y empresarialmente un país, por lo que tiene tener una normativa de la más alta calidad técnica y operativa es una necesidad, una obligación.

– Otoño dificilísimo el que se prevé para las empresas: inflación, subida de tipos, coste energético y de materias primas… ¿Qué recomienda a las empresas que viven dificultades para afrontarlo?

– Lo que recomendamos es realizar un diagnóstico profundo y honesto de la situación financiera y patrimonial actual de cada empresa con la anticipación necesaria, para vislumbrar si su situación requiere adoptar a tiempo las medidas oportunas que eviten problemas futuros de distress.

– ¿La reestructuración empresarial y financiera es la alternativa a los concursos?

– Cuando la nueva ley concursal entre en vigor, probablemente en septiembre, será realidad todo lo que hemos comentado. Los responsables y los financieros de las empresas deben mover ficha y apoyarse en profesionales especializados para analizar bien su realidad y poder adoptar medidas preventivas. Y las entidades financieras, las autoridades públicas y el resto de los acreedores deben apoyar con normalidad estas restructuraciones, precisamente para aportar soluciones que eviten problemas futuros.

– En el despacho Romá Bohorques Tax & Legal tienen un contacto muy estrecho con el sector empresarial. ¿Cómo afrontan la situación de incertidumbre que vivimos?

– Los empresarios buscan, entre otras cuestiones, rentabilidad y seguridad jurídica para consolidar sus proyectos y asegurarlos en el futuro. Paradójicamente, a pesar de la pandemia, hasta el estallido de la guerra en Ucrania, la subida de los tipos y la inflación galopante que estamos sufriendo, proliferaban las operaciones de compra y venta de empresas, había liquidez en el mercado y fluían las inversiones. Sin embargo, eso va a cambiar por los motivos apuntados y quizá porque los fondos europeos maquillaban la realidad subyacente. Las empresas y las familias con menos recursos lo van a sufrir especialmente y van a tener que anticiparse a los acontecimiento y adoptar cuanto antes la medidas convenientes para afrontar de la mejor manera posible los duros meses que se aproximan.

– ¿Cuál es el valor diferencial de RBT&L?

– Tenemos muy clara nuestra estrategia como despacho, a qué nos queremos dedicar y, especialmente, lo que no queremos hacer. El objetivo es implantarnos como un despacho boutique de referencia en la Comunidad Valenciana de asesoramiento legal y fiscal cualificado en asuntos complejos y relevantes, que aporte valor en un mercado altamente maduro y especializado. Los socios venimos de una cultura de grandes despachos jurídicos y es una impronta que nos ayuda a centrar cómo queremos gestionar la firma y cómo satisfacer al máximo a nuestros clientes, porque para nosotros, el servicio al cliente, su atención y plena satisfacción, es lo más importante. 

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