El cese de Juan Rubio Gradolí, que ostentaba el cargo de consejero delegado de la empresa Green Box, y la también consejera Elena Rubio Soto ha quedado sin efecto según una sentencia del juzgado Mercantil Número 3. El juez, que ha obligado a la empresa familiar valenciana a asumir también el pago de las costas procesales, ha dictado sentencia sobre un conflicto accionarial que tiene un largo recorrido.
La sentencia es un capítulo más de un conflicto en el que se han producido nombramientos en la junta de la compañía valenciana especializada en soluciones para el embalaje en el sector agroalimentario-logístico que no se ajustan a la legalidad. En ese sentido, la sentencia establece que la celebración de una junta de accionistas considerada por el juez como “paralela”, tenía el único objeto que anular los derechos de parte de los administradores en la sociedad, además de impedirles el paso a las instalaciones de la empresa.
De este modo, el juez deja sin efecto el acuerdo de la junta general de Green Box mediante el cual se cesaba a dos consejeros titulares de casi la mitad de las acciones: el 49’44% del accionariado.
La sentencia dice que “el bloque de control societario propició la convocatoria paralela de una segunda junta para el mismo día del 5 de agosto de 2020” y añade que “en efecto, la celebración de la junta en esas condiciones suponía una deformación del borrador del acta del consejo de administración que incorporaba el acuerdo de convocatoria de junta” pues “los actores y administradores de la sociedad nunca consintieron la celebración de la junta en la forma en que finalmente se hizo”. Con todo y con eso “el bloque mayoritario de control aprovechó … la celebración de una suerte de junta paralela, incorporando espontáneamente durante su celebración puntos de discusión adicionales que no tenían por qué estar en el orden del día…, lo que revela el propósito de su comportamiento”.
De acuerdo con la documentación a la que ha tenido acceso Interfaz, el titular del Juzgado Mercantil número 3 de Valencia califica de ilícito el cese del representante de AGROMAELE en el consejo de administración de Green Box, Juan Rubio Gradolí, que hasta la fecha de dicha junta general calificada por el juez como “clandestina”, ostentaba el cargo de consejero delegado. Igualmente, el juez considera ilícito el cese de la también consejera de la empresa, Elena Rubio Soto, hija de Juan Rubio.
La sentencia afirma que “el ardid” diseñado y ejecutado por José Rubio Gradolí, a través de su sociedad, SOGESBOX, para cesar al representante de AGROMAELE y a Elena Rubio Soto “vulnera el orden público societario” con el fin de “desplazar a AGROMAELE del control de la sociedad, con efectiva lesión de sus derechos políticos de información, asistencia, deliberación y voto en Junta ya considerando su condición de socio o la simultánea de administrador”.
En definitiva, y según la sentencia, la operativa elegida fue una maniobra del socio mayoritario -SOGESBOX, representada por José Rubio Gradolí- para que pasara desapercibida la convocatoria de la junta general del 5 de agosto de 2020. En esta convocatoria es en la que se cesó a los dos miembros minoritarios, con “defecto de convocatoria y contravención del orden público” … “al haberse celebrado esa junta de manera clandestina, para la privación de los derechos políticos que asisten a los actores y por el solo propósito de la mayoría social de provocar su cese como administradores”. Para añadir que la “estrategia confusionista del socio mayoritario se evidencia por el extremo de que, en la junta notarial de 5 de agosto de 2020, forzase adicionalmente la discusión sobre el cese del socio minoritario y su representante en el consejo de administración y, desde el día siguiente, se impidiese su acceso al domicilio social”.
El texto del juez declara “la nulidad de todos los acuerdos sociales adoptados” en esa junta general “clandestina” de Green Box por lo que quedaría anulada la designación como nueva consejera de María del Carmen Rubio Verdeguer, hija del accionista mayoritario, José Rubio Gradolí. De esta forma, Green Box quedaría en la práctica sin órgano de administración para formular las cuentas anuales y otras operaciones corporativas como convocar juntas generales.
Green Box, con sede en la localidad valenciana de Alcàsser, alcanzó los 14 millones de euros de facturación en 2021.
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